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Iniciativas empresariales
Iniciativas empresariales prioritarias

Iniciativas empresariales prioritarias

1. Regulación

Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia.

  • Estímulo de la actividad económica, atrayendo nuevas iniciativas empresariales y facilitando las inversiones.
  • Impulso de proyectos que generen un valor añadido en áreas de innovación, internacionalización y competitividad.
  • Simplificación de los procedimientos administrativos necesarios para la implantación.

Podrán ser declaradas como iniciativas empresariales prioritarias aquellas que cumplan, al menos, dos de los siguientes requisitos:

  • Que supongan un volumen de inversión mínimo en activos fijos, excluidos los inmobiliarios, de 1 millón de euros, incluidos aquellos proyectos de generación eléctrica a partir de fuentes renovables en los que el destino final de la energía eléctrica producida sea el abastecimiento de la industria gallega.
  • Que supongan la creación de empleo mínimo de 25 puestos de trabajo directos, bajo la modalidad de contrato indefinido y computados a jornada completa, no siendo de aplicación para los proyectos eólicos regulados en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre. (*)
  • Instrumentos de movilización, recuperación, puesta en producción y aprovechamiento sostenible de tierras agrarias y forestales, así como planes o actuaciones integrales de desarrollo rural.
  • Que complementen cadenas de valor o que pertenezcan a sectores considerados estratégicos o que se integren en la financiación instrumento temporal de recuperación europea Next Generation EU.

(*) Los proyectos eólicos regulados en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, que no estén asociados al autoconsumo industrial podrán ser considerados como iniciativas empresariales prioritarias si justifican un compromiso industrial asociado a la implantación del proyecto eólico que suponga la creación o consolidación de un volumen mínimo de 25 puestos de trabajo directos en Galicia, bajo la modalidad de contrato indefinido y computados a jornada completa, así como aquellos proyectos que hubiesen justificado la totalidad de los compromisos industriales derivados de la Orden de 29 de marzo de 2010, o aquellos proyectos que supongan un volumen de inversión superior a 20 millones de euros, siempre que cuenten con un permiso de acceso y conexión firme y vigente y que cuenten con infraestructuras de evacuación autorizadas o ejecutadas y en funcionamiento que permitan el vertido a la red de transporte o distribución de la energía eléctrica generada.

Las personas interesadas que presenten proyectos que cumplan estos requisitos podrán solicitar por medios electrónicos su declaración como iniciativa empresarial prioritaria. 

Solicitar declaración como Iniciativa empresarial prioritaria

  • Carácter prioritario a la realización de los trámites competencia de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Concurrencia de razones de interés público a efectos de la tramitación de urgencia de los procedimientos. Los plazos establecidos para el procedimiento ordinario se reducirán a la mitad.
  • La Oficina Doing Business realizará el seguimiento e impulso de los trámites administrativos necesarios para su implantación.