Convocatoria 2023plazo pechadoPlazo cerrado:  24/03/2023 - 24/04/2023
Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

CT207A - Subvenciones a producciones y coproducciones de proyecto audiovisuales gallegos.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA/SUBVENCIÓN?

Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para las producciones y coproducciones de proyectos audiovisuales gallegos para el año 2023.

Consellería
Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
Órgano responsable
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
A dónde acudir

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional e Universidades

Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)

Cidade da Cultura - Monte Gaiás s/n

15707  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881996077/ 881996078

Fax: 881996080

Email: agadic@xunta.es

http://agadic.gal

Código de procedimiento
CT207A

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

Podrán optar a estas subvenciones todas las personas físicas (autónomas) o jurídicas, constituidas como productoras audiovisuales independientes y dadas de alta en el epígrafe IAE 961.1, que cuenten con una antigüedad mínima y sin interrupciones de un año en ambos casos. Además, deberán tener una sucursal u oficina permanente desde, por lo menos, un año previo a esta convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, y que desarrollen su actividad habitual en Galicia.

Por productora audiovisual independiente se entiende, a efectos de esta convocatoria, toda persona física (autónoma) o jurídica privada, que tenga la iniciativa y asuma la responsabilidad en la producción audiovisual y no sea objeto de influencia dominante por parte de un prestador de servicio de comunicación/difusión audiovisual ni de un titular de canal televisivo privado ni, por su parte, ejerza una influencia dominante, tal y como establece la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del cine, artículo 4.n).

Cuando la persona jurídica sea una agrupación de interés económico (AIE), los requisitos citados deberán ser cumplidos, por lo menos, por una de las empresas que la integran en el momento de su constitución. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya finalizado el plazo de prescripción para el reintegro y las infracciones previsto por los artículos 35 y 63 de la Ley de subvenciones de Galicia.

¿QUÉ PLAZO HAY PARA HACERLO?

Plazo de presentación

CERRADO

24/03/2023 - 24/04/2023

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Las subvenciones
más actuales

01/06/2023 - 31/10/2023
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